
Tribunal de
arbitramento en materia laboral: Es un
mecanismo alternativo de resolución de conflictos, mediante el cual tres árbitros, transitoriamente ad ministran
justicia, para resolver con carácter definitivo y obligatorio los conflictos
colectivos laborales, a través de una decisión denominada laudo arbitral.
Laudo arbitral: Decisión emitida por los árbitros en el tribunal de arbitramento,
mediante el cual se resuelve un
conflicto colectivo de trabajo existente entre dos o más partes.
Conflictos
colectivos de trabajo: Son controversias que surgen en la relaciones
de trabajo entre el empleador, los
trabajadores o sindicatos, por medio del cual se busca la protección, mejora y
superación de los derechos de los trabajadores que se inician con la
presentación del pliego de peticiones.
Generalidades del Procedimiento
Este procedimiento administrativo es aplicable a
las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores, regidas en el marco
del Código Sustantivo del Trabajo.
La solicitud de convocatoria de tribunal de
arbitramento la realiza el Representante Legal de la empresa o de la
organización sindical y/o de los trabajadores ante el Ministerio del Trabajo
sede central, en las Direcciones Territoriales o en las Inspecciones de
Trabajo. Cuando la petición es hecha por la organización sindical y/o por parte
de los trabajadores, podrá ser presentada por un miembro de la Junta Directiva
de la organización sindical.
En el evento en que las partes interpongan
recurso de anulación contra el laudo arbitral, el expediente debe ser remitido
por los árbitros a la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral.

Características
1.
Es un mecanismo hetero–compositivo, toda
vez que es un tercero diferente a las partes quien se encarga de dirimir el
conflicto.
2.
Es oneroso ya que se debe pagar los
honorarios y gastos del tribunal para que se pueda adelantar el trámite.
3.
Es excepcional, ya que las partes mediante un
pacto arbitral han decidido relevar a la justicia ordinaria permanente para que
su controversia sea resuelta por particulares investidos para administrar
justicia.
4.
Si el pacto está contenido en una
cláusula, ésta es autónoma del contrato.
5.
Es temporal, dado que el tribunal cesa
en sus funciones cuando se presentan diversas causales como la expedición del
laudo o el vencimiento del término entre otros.
Por ejemplo:
El tribunal de
arbitramiento seria el nombrado por las pates del conflicto, uno nombrado por el
patrón o empleador, otro nombrado por el
trabajador o empleado y un tercer juez o arbitro es elegido por ambas parte en mutuo acuerdo (patrón y trabajador) o
en su defecto por la autoridad a la cual conforme a su competencia le hubiere
correspondido conocer de la causa de no haber sido sometida al arbitraje.
https://conciliacion.gov.co/portal/Arbitraje/-Qu%C3%A9-es-Arbitraje/Caracter%C3%ADsticas-de-Arbitraje
file:///C:/Users/CAMILEJA/Downloads/Procedimiento%20Tribunales%20de%20Arbitramento%20(1).pdf}
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